miércoles, 3 de noviembre de 2010

El Lenguaje de la ley en temas de Género

Cuando hablamos del lenguaje de las normas tenemos que entender que éste tiene como fin último la seguridad jurídica. En España aunque el Tribunal Constitucional haya negado que el juicio de constitucionalidad lo sea de técnica legislativa, ha llegado a declarar inconstitucionales leyes por afección a la seguridad jurídica. Así en el plano de la realidad el lenguaje crea, y su importancia es gravitante.
La letrada española Olga Herraiz, en su conferencia de hoy dentro del marco del Seminario de Técnica Legislativa, ha señalado que en el tratamiento del lenguaje hay que buscar el difícil equilibrio entre el lenguaje técnico, que en muchos caso es el único que sirve para expresar determinadas ideas, y el lenguaje claro, preciso e inteligible que huya de un estilo demasiado vulgar o coloquial.
Se plantean algunos aspectos como mínimos a considerar, entre los cual hay que prestar especial interés al tema del lenguaje de género y de la reivindicación sexista del lenguaje. Esta es una preocupación reciente en España que desde el año 2003 se ocupa de que todas las normas tengan un lenguaje no sexista y se exige acompañar un informe que acredite tal hecho.
Ante esto se han encontrado tres fórmulas:
1) Técnica del desdoblamiento: criticada por la RAE, consiste en que cada vez que se encuentra un sustantivo masculino hay que poner al lado el respectivo femenino. La dificultad es la excesiva cantidad de términos que tendrá la ley y la eventualidad de que el legislador aplique la regla de manera selectiva. Otro tema es el orden en el que va el género femenino y el masculino ¿qué va primero, diputada o diputado?;
2) Uso de fórmulas genéricas, las frases sin sujeto y el uso de formas impersonales del verbo. El problema acá es que a veces no se puede prescindir del sujeto para expresar claramente una idea;
3) Inclusión de una declaración de voluntad al final de la ley señalando que la norma no ha querido hacer diferencia de género alguna.

La RAE señala que el masculino plural nos identifica a todos ¿será así?. Me suena interesante la fórmula de utilizar el uso de artículos él o ella como una forma de solucionar el tema. El asunto no está saldado. En Chile carecemos de una regla en la materia y sería bueno comenzar a evaluar que fórmula nos acomoda… si bien éste tema dentro del lenguaje de la ley es específico, estoy segura que se va a plantear. Lo que nunca hay que olvidar es que uno de los fines de la técnica legislativa, también en el ámbito del lenguaje, es aportar con criterios pero también con simplicidad…no se trata de terminar complicando más las cosas.

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